Según la Asociación Española de Fundaciones, actualmente hay 9.500 fundaciones activas, no obstante, hay registros de más 13.000. Por ello, es necesario conocer cuáles son los requisitos y los propósitos para abrir una fundación benéfica.
En este sentido, debe recordar que las fundaciones son entidades sin ánimo de lucro, con las que se pretende ayudar a la ciudadanía en algún aspecto en específico.
En este artículo encontrará los aspectos humanos y legales que tendrá que cumplir para que el sueño de ayudar a otros se haga realidad.
Requisitos para abrir una fundación benéfica
Son pocos los pasos a seguir. Antes de abrir una fundación, debe tener claro el tipo de servicio que ofrecerá, quienes harán parte activa dentro de la organización y los recursos que se requieren para sostenerla.
Los fondos deben ser garantizados por los miembros de la organización. Esto se debe a que las fundaciones benéficas no son respaldadas por el Estado. No obstante, éstas tienen algunos beneficios.
Defina tipo de fundación
En el artículo 2 de la Ley 50/2002, de Fundaciones se establece una lista abierta en la que se especifica los fines de interés general. Sumado a ello, luego de tener definido el tipo de fundación, debe realizar el registro ante la Asociación de fundaciones y para eso debe seguir estos pasos:
Crear estatutos
En ellos se debe especificar el objeto social de la fundación y reflejar la voluntad del fundador. Dichos estatutos deben ser acordes a lo establecido en la ley de fundaciones.
Solicitar certificación al Registro de Fundaciones
En el Registro de fundaciones se debe solicitar la certificación negativa de denominación, ya sea el estatal o de la comunidad, todo depende del tipo de fundación.
Acudir al banco
El siguiente paso es la creación de una cuenta propia de la organización y evidenciar el ingreso de la dotación inicial de la organización.
Escritura de constitución
Posterior a ello, se debe realizar registro en notaria, cuando acuda ante el notario, debe elevar escritura pública de los estatutos y la escritura de constitución. Tenga en cuenta la Dotación de la fundación, especificando los activos e ingresos.
NIF de la fundación
Este se solicita en la delegación de Hacienda correspondiente a la comunidad, allí le darán uno provisional, mientras lo cancela en consejería de Hacienda el impuesto de Transmisiones Patrimoniales y de Actor Jurídicos Documentados.
Solicita la inscripción
Finalmente luego de llevar a cabo los pasos mencionados, debe solicitar la inscripción de la organización en el Registro de Fundaciones, al momento de realizarlo debe presentar la escritura pública de constitución, los estatutos, el NIF provisional y los impuestos liquidados.
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